El IRSST de la Comunidad de Madrid convoca subvenciones en PRL para la reducción de la siniestralidad laboral

El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo IRSST de la Comunidad de Madrid convoca las subvenciones en materia de PRL dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral a través de las siguientes líneas:

Líneas de actuación

  • Línea 1: Gastos para la mejora de las condiciones de trabajo relacionadas con la seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía y psicosociología aplicada.
  • Línea 2: Gastos en sensibilización y formación preventiva.
  • Línea 3: Gastos en materia de seguridad vial laboral.
  • Línea 4: Gastos para la mejora de la organización y gestión preventiva.
  • Línea 6: Gastos para la promoción de la Salud en el Trabajo.

Beneficiarios

  1. Personas físicas o jurídicas, siempre que tengan uno o varios trabajadores por cuenta ajena, tengan actividad económica en la Comunidad de Madrid y realicen los gastos o actividades objeto de subvención en centros de trabajo situados dentro del territorio de la Comunidad Autónoma.
  2. En el caso de las personas físicas que ejerzan una actividad económica en los supuestos incluidos en el artículo 1 del Estatuto del Trabajo Autónomo, podrán ser beneficiarios de estas subvenciones den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena.

Excluidos

  1. Las sociedades públicas y entidades de derecho público, así como cualquier empresa u organización en la que su participación sea mayoritaria.
  2. Las empresas que tengan entre sus actividades el alquiler de material y equipos, para aquellos materiales y equipos que se vayan a destinar a su alquiler, comercialización o actividad económica.
  3. Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado. No podrán obtener la condición de beneficiarios, los solicitantes en los que concurra alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones.

Accede a la información y tramitaciónAccede al enlace que te ayudará a solicitar tus subvenciones. Si tienes dudas o quieres consultar tu caso puedes escribir a irsst.subvenciones@madrid.org

Fin de plazoEl plazo de presentación de solicitudes concluirá el 22 de noviembre de 2024.

Información normativaEl día 20 de septiembre de 2024 se publicó en el BOCM el extracto de la Orden de la Consejería de Economía, hacienda y Empleo, por la que se convocan estas subvenciones

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