La ORDEN 572/2021, publicada por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, establece que las autoridades sanitarias de esta autonomía podrán “habilitar y adoptar la puesta a disposición de espacios en locales e instalaciones, públicas o privadas, que reúnan las condiciones necesarias para desarrollar adecuadamente la campaña de vacunación frente al COVID-19″, sin necesidad de “autorización específica de unidad de vacunación“.
Se recomienda que cada equipo de vacunación esté constituido como mínimo por:
Dos enfermeras.
Dos administrativos.
Personal facultativo, para la zona de información y el espacio de descanso.